¿Has comprado un coche nuevo o de segunda mano y ha empezado a dar problemas poco después de la compra? En función de cuándo apareció el defecto, la naturaleza de la avería, las condiciones de la compraventa y el tipo de vehículo adquirido, el comprador puede tener derecho a exigir su reparación, la sustitución del vehículo, una reducción del precio o incluso la resolución de la compraventa y la devolución del dinero.
En este artículo explicamos cómo reclamar a un concesionario por un coche defectuoso, qué derechos tiene el comprador, cuánto dura actualmente la garantía legal de un vehículo y qué pruebas conviene reunir antes de iniciar una reclamación.
1. ¿Qué garantía tiene un coche comprado en un concesionario?
Cuando una persona compra un vehículo a una empresa actuando como consumidor, la relación está sometida al régimen de garantía legal por falta de conformidad previsto en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Actualmente, el régimen general establece que el empresario responde de las faltas de conformidad que existan en el momento de la entrega y que se manifiesten durante los tres años siguientes a la entrega del vehículo.
En los vehículos de segunda mano, empresario y consumidor pueden pactar un plazo de responsabilidad inferior, pero nunca inferior a un año desde la entrega.
Por tanto, no es correcto afirmar simplemente que “los coches de segunda mano tienen un año de garantía”. Dependerá de lo pactado y de las circunstancias de la compraventa. La legislación permite reducir el plazo en vehículos usados, pero establece un mínimo de un año.
Además, la garantía legal y una eventual garantía comercial no son exactamente lo mismo. La garantía comercial que ofrece el concesionario o la marca puede ofrecer una protección adicional, pero no puede utilizarse para eliminar los derechos que corresponden al consumidor por ley.
2. ¿Qué se considera un coche defectuoso?
Desde el punto de vista jurídico, no toda avería constituye necesariamente una falta de conformidad.
El vehículo debe cumplir las características, prestaciones, funcionalidad y demás condiciones que razonablemente puede esperar el consumidor conforme al contrato y a la naturaleza del bien.
Por eso, es importante distinguir entre:
- una avería o defecto incompatible con el estado y características que debía tener el vehículo;
- un desgaste normal derivado de la antigüedad, kilometraje o utilización del coche;
- un defecto que ya había sido expresamente informado y aceptado por el comprador;
- y una avería provocada posteriormente por un accidente, un uso inadecuado o una intervención ajena.
Esta distinción suele ser especialmente importante en los coches de segunda mano.
Por ejemplo, no es lo mismo reclamar por el desgaste ordinario de unos neumáticos o un embrague en un vehículo con muchos kilómetros, que descubrir, poco después de comprarlo, un problema grave de motor, caja de cambios, sistema de distribución, turbo, sistema de refrigeración o electrónica que revele que el vehículo no presentaba las condiciones que razonablemente podían esperarse de la compraventa.
3. ¿Qué puede reclamar el comprador de un coche averiado?
La legislación establece diferentes medidas para solucionar una falta de conformidad.
Reparación o sustitución
Como regla general, el consumidor puede elegir entre la reparación o la sustitución, salvo que una de ellas resulte imposible o desproporcionada.
La reparación debe realizarse:
- gratuitamente;
- en un plazo razonable;
La gratuidad incluye los gastos necesarios para poner el vehículo en conformidad, incluidos, cuando proceda, transporte, mano de obra y materiales.
Por tanto, si el problema está cubierto por la garantía legal, el comprador no debería asumir el coste de la reparación que corresponda al vendedor.
¿Y si el coche sigue averiado después de repararlo?
Aquí aparece una cuestión especialmente importante.
Si la avería reaparece, aparece otra falta de conformidad o la reparación no consigue solucionar adecuadamente el problema, pueden entrar en juego otras medidas.
En concreto, el consumidor puede solicitar una reducción proporcional del precio o la resolución del contrato.
La resolución implica, en términos generales, dejar sin efecto la compraventa y devolver el vehículo a cambio del reembolso del precio. La resolución no procede cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.
La reducción proporcional del precio, suele concretarse en el importe necesario para reparar el vehículo. Esta medida procede, o bien por elección del consumidor, o bien, por tratarse de una avería no tan grave como para justificar la resolución del contrato.
4. ¿Quién tiene que demostrar que el defecto existía cuando se compró el coche?
Este es uno de los aspectos más importantes para saber cómo reclamar a un concesionario por un coche defectuoso.
La legislación establece una presunción a favor del consumidor durante los dos años siguientes a la entrega: salvo que el vendedor pruebe lo contrario, se presume que las faltas de conformidad que se manifiesten durante ese periodo ya existían cuando se entregó el vehículo.
Esta regla tiene excepciones cuando la presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o con la naturaleza de la falta de conformidad.
En los vehículos de segunda mano también puede pactarse una reducción de este periodo de presunción, siempre con un mínimo de un año.
En la práctica, esto significa que la fecha en que aparece la avería es muy relevante, pero también lo son la naturaleza del defecto y la documentación técnica disponible.
Por eso no conviene aceptar sin más afirmaciones como “eso es desgaste”, “esa pieza no entra en garantía” o “el coche estaba bien cuando salió del concesionario”.
Cuando existe una controversia técnica, puede ser necesario disponer de un informe pericial mecánico que determine cuál es la avería, su causa, su antigüedad probable y si resulta compatible con un uso normal del vehículo.
5. ¿Qué pruebas necesito? Cómo reclamar a un concesionario por un coche defectuoso
Una reclamación de este tipo no debería basarse únicamente en conversaciones telefónicas con el vendedor.
Conviene conservar toda la documentación relacionada con el vehículo:
- Contrato de compraventa del vehículo o factura de compra.
- Ficha técnica y permiso de circulación.
- Informe o diagnóstico actual del vehículo.
- Presupuesto de reparación (si lo hubiera).
- Garantía comercial si la hay.
- Comunicaciones con el vendedor informando sobre la falta de conformidad.
También es muy importante documentar cuándo apareció cada avería y qué reparación se realizó.
6. ¿Tengo que llevar el coche al taller del concesionario?
No debe confundirse la posibilidad de reclamar con la obligación de aceptar indefinidamente reparaciones sin solución.
Si el vehículo presenta una falta de conformidad, lo normal es permitir que el empresario pueda ponerlo en conformidad conforme al régimen legal. Pero si existen sucesivas reparaciones infructuosas, retrasos injustificados o un defecto de especial gravedad, la estrategia jurídica puede cambiar.
Antes de reparar el vehículo por cuenta propia en otro taller, conviene documentar previamente la avería y valorar las consecuencias jurídicas.
Una reparación realizada sin permitir al vendedor comprobar el defecto puede generar posteriormente una discusión probatoria sobre su existencia y origen.
En reclamaciones de cierta importancia, es recomendable valorar la intervención de un perito independiente antes de efectuar reparaciones que puedan hacer desaparecer las evidencias del problema.
7. ¿Puedo reclamar además una indemnización por los daños?
Sí. La normativa de consumidores contempla, cuando proceda, el derecho a reclamar los daños y perjuicios derivados de la falta de conformidad.
Esto puede adquirir importancia cuando la avería ocasiona gastos adicionales o perjuicios que puedan acreditarse.
Por ejemplo, dependiendo de las circunstancias, pueden plantearse cuestiones relativas a gastos de reparación asumidos indebidamente, u otros daños efectivamente acreditados.
Ahora bien, no debe confundirse la devolución del precio del coche con una indemnización de daños. Son conceptos jurídicamente diferentes y deben justificarse de forma independiente.
8. ¿Qué ocurre si compré el coche a un particular?
En este caso cambia sustancialmente el régimen jurídico.
Si el vendedor es un particular y no un empresario actuando en el ámbito de su actividad profesional, no se aplica el régimen de garantía legal de consumidores.
La reclamación puede quedar sometida al régimen civil de los vicios ocultos, siempre que concurran sus requisitos, o a otras acciones contractuales que puedan corresponder, como las que explicamos en esta entrada.
Por eso, antes de iniciar una reclamación es fundamental determinar quién figura como vendedor en el contrato y en la factura, especialmente cuando el vehículo procede de una compraventa con un intermediario.
9. ¿Qué puedo hacer antes de demandar?
No todas las reclamaciones necesitan inicialmente un procedimiento judicial. En muchos casos, una reclamación bien planteada y acompañada de documentación técnica puede permitir alcanzar un acuerdo con el concesionario.
Además, desde abril de 2025, y de acuerdo con la Ley Orgánica 1/2025, la regulación procesal civil exige, con carácter general, intentar previamente un medio adecuado de solución de controversias (MASC) antes de presentar determinadas demandas civiles. La negociación directa mediante abogados, puede servir para cumplir este requisito, evitando así el proceso judicial.
Esto hace todavía más importante que la reclamación previa esté correctamente planteada y documentada.
No obstante, desde que se produzca la primera negativa por parte del concesionario, es conveniente consultar con un abogado especialista en garantías de coches antes de seguir actuando.
En estos casos, el problema ya no es únicamente mecánico. Se trata de determinar qué acción corresponde ejercitar, contra quién, ante qué organismo, en qué plazo, qué pruebas son necesarias y qué cantidad puede reclamarse. El abogado determinará, con estudio del caso concreto cómo reclamar a un concesionario por un coche defectuoso.
En nuestro despacho, en Bilbao (Bizkaia), estudiamos reclamaciones relacionadas con vehículos nuevos y de segunda mano que presentan averías o problemas de conformidad después de la compra.
La estrategia depende de cada caso: no es lo mismo una reparación cubierta por garantía que un vehículo con averías reiteradas, un posible defecto preexistente o un supuesto en el que se pretende resolver la compraventa.
Si has comprado un coche y está dando problemas, antes de seguir acumulando visitas al taller conviene revisar la documentación de la compraventa, el historial de reparaciones y la naturaleza de la avería.
Una reclamación bien planteada desde el principio puede marcar la diferencia entre aceptar una reparación tras otra y defender eficazmente el derecho a una solución.
Si necesitas reclamar a un concesionario por un coche defectuoso en Bilbao o Bizkaia, puedes contactar con nuestro despacho para estudiar la documentación y valorar las opciones legales.



